Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2015-S3
Fecha: 09-Abr-2015
1)
Solicitó se le conceda la tutela y se disponga: 1) La nulidad del Auto de Vista 42/2014; 2) Que las autoridades demandadas convoquen a una nueva audiencia en el plazo de setenta y dos horas de su legal notificación a efectos de pronunciar una nueva resolución en el marco de los argumentos esgrimidos por el Tribunal Constitucional; y, 3) La imposición de costas y daños y perjuicios a ser averiguables en ejecución de sentencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- art. 234.6 del CPP
- art. 234.10 del CPP
- REVOCAR