Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2015-S3
Fecha: 09-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera la vulneración de su derecho a una resolución debidamente fundamentada y motivada, debido a que las autoridades demandadas mediante el Auto de Vista impugnado confirmaron la decisión del Juez a quo, declarando improcedente el recurso que planteó, sin una debida fundamentación y motivación, limitándose a repetir lo expresado por el Juez de primera instancia, y sin considerar los puntos de agravio expuestos en la apelación interpuesta de su parte.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- art. 234.6 del CPP
- art. 234.10 del CPP
- REVOCAR