Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2015-S3
Fecha: 09-Abr-2015
II.1.
II.1. A través de Auto interlocutorio 114/2014 de 21 de febrero, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, dispuso contra el imputado Robert Rilmar Gutiérrez Silvestre -ahora tercero interesado- la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva previstas en el art. 240.1, 2, 5 y 6 del CPP, consistentes en: 1) Detención domiciliaria, con vigilancia policial esporádica una vez por semana; 2) La presentación ante el Fiscal de Materia todos los viernes de cada semana; 3) Arraigo en territorio nacional; 4) La prohibición de comunicarse con la víctima por cualquier medio; y, 5) La fianza personal de dos garantes con domicilio en Oruro (fs. 114 a 116 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- art. 234.6 del CPP
- art. 234.10 del CPP
- REVOCAR