Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2015-S1
Fecha: 13-Abr-2015
I.1.3. Petitorio
Los accionantes solicitan se les conceda la tutela, y se ordene al Alcalde Municipal de Tiquipaya, Saúl Cruz Pardo, emita dentro de plazo razonable una respuesta formal y escrita a todos los memoriales de petición y responda conforme a los informe técnicos emitidos por las direcciones correspondientes respecto a que los manzanos J, K, y L son considerados áreas verdes.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Del derecho a la petición
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1 . Otras consideraciones
- REVOCAR