Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0368/2015-S3
Fecha: 10-Abr-2015
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante ratificó los términos expuestos en su memorial de demanda, señalando que con respecto a lo mencionado por el abogado del tercero interesado, sobre a la legitimación pasiva de la Jueza ahora demandada, que esta autoridad no dejó el cargo, encontrándose simplemente suspendida por motivos propios.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- deberá conceder la apelación en el efecto devolutivo y rechazar la reposición, no pudiendo dejar de resolver el fondo de la apelación formulada, soslayando formalidades y ritualidades procesales
- III.2. Análisis del caso concreto
- c)
- d)
- CONFIRMAR