Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0368/2015-S3
Fecha: 10-Abr-2015
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 3 de octubre de 2013, Alejandra Blass Verduguez -ahora accionante- se apersonó e interpuso incidente de nulidad ante la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Civil del departamento de Oruro, dentro del proceso de acción de reivindicación seguido por Mery Blass Condarco de Gutiérrez, de una fracción del bien inmueble ubicado en Av. 6 de Agosto 532 de Oruro; toda vez que, posee la calidad de ocupante del bien inmueble objeto de la pretensión (fs. 1 a 5); la citada Jueza, se pronunció mediante Resolución de 16 del mismo mes y año, señalando que la ahora accionante no es parte en el proceso, por tanto se rechazó su apersonamiento (fs. 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- deberá conceder la apelación en el efecto devolutivo y rechazar la reposición, no pudiendo dejar de resolver el fondo de la apelación formulada, soslayando formalidades y ritualidades procesales
- III.2. Análisis del caso concreto
- c)
- d)
- CONFIRMAR