SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
Fragmento 2
El accionante alegó la vulneración de sus derechos fundamentales en virtud a que injustamente se habría rechazado la devolución de la Póliza de Garantía “2001628 de UFVs. 1.708.000,00” con simples proveídos de: 11 de noviembre de 2009, 18 de julio de 2012 y 10 de octubre de 2013, que el importador como afianzado presentó dentro del trámite de admisión temporal, y que fuera renovada; consecutivamente, a objeto de que no sea ejecutada a sus vencimientos, violando así el art. 29 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), sin que pueda asumir defensa ante el incumplimiento de las formalidades que establecen los procedimientos de la ANB, el art. 106 del Código Tributario Boliviano (CTB), prevé sobre las medidas precautorias; asimismo, lesionando el debido proceso en su componente fundamentación, el derecho a la propiedad (devolución de la póliza) pues en el acta de intervención tendría el acta de secuestro de la documentación sujeta a despacho en la que no está la mencionada póliza de garantía, a la tutela judicial efectiva que no obstante existir una sentencia absolutoria que le siguió la ANB, por el delito de defraudación aduanera, con la que se debió dejar sin efecto cualquier medida cautelar, donde solicitó la devolución de la Póliza de Garantía antes mencionada; sin embargo, nuevamente se rechazó, por lo que ante los injustos e improcedentes rechazos de la Administración de Aduanas de Zona Franca Yacuiba, mediante memorial de 14 de febrero de 2014, se dirigió a la Administración de Tarija de la ANB, para que corrija las respuestas precedentes y anule el último proveído de 10 de octubre de 2013, y se ordene la devolución de la Póliza de Garantía “M0001964 de UFVs 1.708,000,00” cuya respuesta cite AN-GRT-ULETR/015/2014 de 14 de marzo, emanada por el Gerente Regional Tarija mediante el cual rechazó la solicitud, pues no habría una resolución ejecutoriada, sin tomar en cuenta el mandato del art. 364 del Código de Procedimiento Penal (CPP), referido a la cancelación de medidas cautelares.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.15.
- II.18.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Requisitos de improcedencia reglada. Delimitación de los efectos procesales frente a su incumplimiento
- III.3. Mecanismos de impugnación específicos en materia aduanera
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo