SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
III.2. Requisitos de improcedencia reglada. Delimitación de los efectos procesales frente a su incumplimiento
Al respecto, la SCP 1089/2013 de 16 de julio, que expresó: “De acuerdo con lo precedentemente desarrollado, la justicia constitucional, no puede suplir los roles encomendados por la función constituyente a sus órganos de poder expresamente reconocidos por la Constitución, por lo que todas las personas naturales o jurídicas que consideren afectados sus derechos, antes de activar el control tutelar de constitucionalidad a través de la acción de amparo constitucional, deberán utilizar en el marco de los plazos procesales establecidos por la normativa imperante, los mecanismos intra procesales o procedimentales de defensa.
Por lo señalado, es evidente que la acción de amparo constitucional, no procederá contra resoluciones judiciales o administrativas que pudieran ser modificadas o suprimidas por cualquier otro recurso del cual no se haya hecho uso oportuno, pues el orden constitucional no se encuentra diseñado para que los mecanismos de defensa constitucional se superpongan respecto de los medios de protección que el ordenamiento jurídico brinda a las personas para la protección de sus derechos, generando un escenario de disfuncionalidad no querida por el mismo orden constitucional. Es por ello, que el ámbito tutelar que brinda la acción de amparo constitucional, queda abierto siempre que no exista otro medio de protección inmediata para la protección de los derechos y garantías fundamentales o si las hay, éstas previamente deben ser agotadas, pues el amparo constitucional sólo podrá ejercer su máxima eficacia en la tutela, cuando no exista otro mecanismo de protección inmediata, no pudiendo ser utilizado si previamente no se agotaron las vías ordinarias de defensa brindadas con similar finalidad”.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.15.
- II.18.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Requisitos de improcedencia reglada. Delimitación de los efectos procesales frente a su incumplimiento
- III.3. Mecanismos de impugnación específicos en materia aduanera
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo