Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
II.6.
II.6. La Póliza de Garantía de Cumplimiento de Obligaciones Aduaneras de 4 de noviembre de 2008, de admisión temporal para reexportación de mercancías en el mismo estado, el plazo data de igual día, mes y año a 1 de abril de 2010, cuyo valor caucionado es hasta UFVs 1.708.000,00 con la descripción de las condiciones generales descritas en las cláusulas correspondientes (fs. 19 a 20).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.15.
- II.18.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Requisitos de improcedencia reglada. Delimitación de los efectos procesales frente a su incumplimiento
- III.3. Mecanismos de impugnación específicos en materia aduanera
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo