SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2015-S1

Fecha: 21-Abr-2015

es decir, que una vez que se anuló el reiterado proceso de contratación, posteriormente se publicó otra nueva para el mismo fin

De todo lo anotado, se establece que los supuestos actos vulneratorios que denuncia el accionante fueron repuestos antes de la presentación de la acción tutelar, en este caso, tanto la Resolución Administrativa de Anulación, así como la calificación de propuestas técnica-económicas, ya antes aludida, dentro del proceso de contratación “Construcción Galpones y Oficinas de Aduana Interior Potosí”, fueron dejados sin efecto; asimismo, cabe señalar que de acuerdo al informe emitido por uno de los demandados (fs. 87 a 90), el 28 de agosto de 2014 se efectuó la segunda publicación del referido proceso de contratación, dando lugar a su aprobación y publicación del BDC que corresponde, realizándose la apertura de sobres el 18 de septiembre del mismo año, proceso que no fue observado, ni objeto de impugnación por la empresa ahora accionante, situación que no fue objetada, ni refutada por la parte accionante en el desarrollo de la audiencia de la presente acción de defensa; es decir, que una vez que se anuló el reiterado proceso de contratación, posteriormente se publicó otra nueva para el mismo fin; en ese sentido, podemos señalar que al haberse superado los hechos que supuestamente vulneraban el derecho del debido proceso, a la igualdad y al trabajo de la empresa “Británica SRL”, el objeto de la tutela no existe, desapareció, por lo que corresponde denegar la tutela solicitada, conforme el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.