SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0385/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0385/2015-S1

Fecha: 21-Abr-2015

III.3. Análisis del caso concreto

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia que los accionantes se postularon a la convocatoria pública emanada del Ministerio de Educación para ingresar a la ESFM-SB gestión 2010, uno de ellos alcanzó un puntaje de sesenta y cuatro puntos y la otra de cincuenta y seis puntos, por la gran cantidad de aspirantes y el restringido cupo disponible, ambas puntuaciones pese a ser de aprobación no llegaron a estar dentro de las calificaciones más altas y así poder llenar las escasas vacantes para cada curso, al ser muchos los alumnos que se encontraban en la misma situación, éstos se organizaron y realizaron movilizaciones con el fin de lograr la apertura de un otro paralelo, para así ampliar los cupos y acceder a éstos; es así, que los accionantes fue matriculados en la gestión 2010, quienes postularon a la modalidad A y fueron admitidos mediante la modalidad B, ambos aprobaron las materias correspondientes a las gestiones 2010 y 2011 de sus respectivas especialidades, por lo que quisieron proseguir con sus estudios en la gestión 2012, circunstancia en la que les negaron la matricula al curso inmediato superior, se vieron impedidos de continuar con sus carreras, es así que de forma insistente y persistente acudieron a las autoridades de la ESFM-SB, como a otras más, para arreglar su situación, pero luego de todos los esfuerzos, del tiempo transcurrido no lograron su cometido por lo que interponen la presente acción.