Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
II.1.
II.1. El 3 de enero de 1994, Franklin Cárdenas Conde, Director Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Campesino, formuló ante el Ministerio Público, denuncia contra Hugo Lozano Simón, Carlos Aquim Roca, Sergio Alves y Jorge Roca, por la presunta comisión de los delitos de peculado, malversación, uso indebido de influencias, beneficios en razón del cargo y concusión, denuncia que fue ampliada contra Juan Carlos Herrera y formalizando querella el 31 del mismo mes y año (fs. 1 a 2; 6 a 7 vta.; 26 a 30 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.2. El derecho de petición
- III.3. El ejercicio del derecho a la impugnación como medio material del ejercicio del derecho a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR