SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0420/2015-S1

Fecha: 30-Abr-2015

II.5.

II.5.  A través de Auto de 8 de abril de 2013, el Juez de la causa dispuso anular obrados hasta el Auto de 20 de marzo del mismo año, además llamó la atención a la parte demandante apercibiendo de que realice y solicite sus actos en base a la lealtad procesal que le corresponde (fs. 104 a 105); ante la solicitud de la parte demandada de explicación, complementación y enmienda, se dictó el Auto de 15 de abril del mismo año, declarando no ha lugar lo solicitado (fs. 106 a 109).