0539/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0539/2015-S2

Fecha: 22-May-2015

II.2.

II.2.  Admitida la demanda, por memorial de 12 de noviembre de 2010, Oscar Marco Antonio Gonzales Reina representante legal de la CADEB S.A., contestó a la demanda en forma negativa, puntualizando dos aspectos centrales; el primero afirmando que el art. 12 de la LGT, se encontraría vigente instituyendo que a efectos de rescindir el contrato el mismo debería efectivizarse previo aviso, presupuesto que el caso del demandante habrían cumplido a cabalidad, y el segundo aspecto que no le correspondería la reincorporación en razón al cargo gerencial que ocupaba, por lo que se encontraría dentro del tratamiento excepcional que corresponde al personal jerárquico de confianza, que el propio gobierno nacional puso límites y excepciones a esta prerrogativa de restitución o reincorporación, cuando se trata de personal ejecutivo y jerárquico (fs.46 a 50).