El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0470/2015-S1, que revocó la Resolución de 10 de octubre de 2014, por cuanto considera que debió confirmarse la resolución del tribunal de garantías y en su mérito conceder en parte la tutela por
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0470/2015-S1, que revocó la Resolución de 10 de octubre de 2014, por cuanto considera que debió confirmarse la resolución del tribunal de garantías y en su mérito conceder en parte la tutela por

Fecha: 15-May-2015

jamás

De las Conclusiones II.1, II.2, II.3 y II.4, contenidas en la SCP 0470/2015-S1 de 15 de mayo, se tiene que planteada la demanda seguida por Esteban Golac Morales y Darinka Jela Golac Skocilic contra Honorata Rocha Carrillo, Juan, Alejandro y Epifanio todos Rocha Lima; ampliándose la demanda contra los “presuntos interesados”, quienes en su calidad de demandados jamás concurrieron al proceso, pese a encontrarse legalmente emplazados mediante citación efectuada por edictos; causal que motivó el nombramiento legal de un abogado defensor de oficio a su favor, mismo que se tuvo por apersonado a lo largo de todo el proceso.  Por las Conclusiones II.5, II.6 y II.7, el demandante en el proceso civil, a título de preservar los derechos de los demandados -de identidad desconocida- presentó incidente de nulidad que fue resuelto por las autoridades, en grado de apelación.