Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2015-S1
Fecha: 08-May-2015
II.5.
II.5. El 8 de mayo de 2014, la Jefa Departamental de Trabajo Cochabamba a.i., Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, emitió la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/024/2014, conminando al Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo a reincorporar inmediatamente a la accionante al mismo puesto que ocupaba a momento de su despido, y sea en estricta sujeción al DS 496/10, en el plazo de máximo de cinco días desde su legal notificación. Siendo notificada el 13 del citado mes y año (fs. 12 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- i)
- a)
- I.2.3. Intervención de Terceros Interesados
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. Tutela inmediata al derecho al trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Consideraciones adicionales
- CONFIRMAR