Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2015-S1
Fecha: 08-May-2015
II.6.
II.6. El 2 de octubre de 2014, Norma López Quiroz, Jefa Departamental de Trabajo a.i. presenta memorial allanándose in extenso a la acción de amparo constitucional solicitando su procedencia, en la instancia administrativa evidenció que la madre progenitora ejercía funciones de Policía Municipal en la Dirección de Intendencia Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, un cargo propio y permanente y que inclusive percibió el subsidio prenatal, por lo cual no podían desconocer su estado de gravidez y la protección que le brinda la ley (fs. 37 a 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- i)
- a)
- I.2.3. Intervención de Terceros Interesados
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. Tutela inmediata al derecho al trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Consideraciones adicionales
- CONFIRMAR