SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2015-S1
Fecha: 08-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El conflicto jurídico venido en revisión versa sobre la conclusión de un contrato de trabajo de personal eventual contratado para cumplir funciones de policía municipal en el Municipio de Quillacollo, el contrato se suscribió por plazo definido hasta el 31 de diciembre de 2013, no obstante la trabajadora contratada continuo en sus funciones hasta diez días posteriores a la conclusión del contrato y fue durante el periodo de vigencia del contrato que estuvo en estado de gravidez habiendo percibido seis meses del subsidio prenatal hasta diciembre de 2013, continuó en sus funciones bajo la promesa de ser recontratada; sin embargo, ello no ocurrió, sus hijas nacieron el 23 de enero de 2014 y merced a la conclusión del contrato ya no gozaba del pago de su salario, los derechos sociales colaterales, ni los subsidios de ley, alegando con ello la vulneración de su derecho a la estabilidad e inamovilidad laboral.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- i)
- a)
- I.2.3. Intervención de Terceros Interesados
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. Tutela inmediata al derecho al trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Consideraciones adicionales
- CONFIRMAR