Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido a instancias de YPFB, contra Aly Marcelo Limón Camacho, Rubén Darío Bejarano Balcázar, Ana Tarabillo de Joaquín, Edgar Michel Toledo, Luís Enrique Hoyos Arias, Marco Antonio Teodovich Zelada y Gustavo Morón Osinaga, por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes, estafa agravada, asociación delictuosa y otros, se anotó preventivamente un inmueble ubicado en la zona noreste de la ciudad de Santa Cruz, manzana 23, UV 41, registrado en Derechos Reales (DD.RR.), a nombre del coimputado Marco Antonio Teodovich Zelada (fs. 13 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- 5) Cuando en etapa de revisión este Tribunal advierte que la acción de amparo fue admitida y se llevó a cabo la audiencia de consideración pese a la inobservancia de este requisito, dará lugar a la denegatoria de la acción sin ingresarse al análisis de fondo del asunto,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16