SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El representante de la empresa, alega la vulneración del derecho de YPFB, al debido proceso en sus elementos fundamentación y congruencia; toda vez, que dentro del proceso penal que sigue contra Aly Marcelo Limón Camacho y otros, por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes, estafa agravada, asociación delictuosa y otros, formuló recusación contra el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, amparado en el art. 316 incs. 2), 5) y 11) del CPP, a la que no se allanó la autoridad jurisdiccional; por lo que en consulta, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento, la declararon improbada e ilegal, mediante el Auto de Vista 240 de 28 de noviembre de 2013, carente de fundamentación y congruencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- 5) Cuando en etapa de revisión este Tribunal advierte que la acción de amparo fue admitida y se llevó a cabo la audiencia de consideración pese a la inobservancia de este requisito, dará lugar a la denegatoria de la acción sin ingresarse al análisis de fondo del asunto,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16