Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2015-S1
Fecha: 15-May-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 25 de enero de 2012, el Control Operativo Aduanero (COA) La Paz, llevó a cabo un operativo denominado “San Aurelio I”, en inmediaciones de la localidad de “Puerto Acosta”, en la que se decomisaron dos camiones marca Volvo F-12, con placas de control 1152-YRG y 1623-LCX, que se encontraban transportando una cantidad aproximada de quinientos cincuenta quintales de azúcar marca “San Aurelio”, aceite y galletas en cantidad no determinada.
- Efraín Alberto Cuiza Argandoña
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- NO OTORGA FACULTAD EXPRESA Y CONCRETA PARA DESARROLLAR ACTOS DE CONCILIACIÓN CON LA PARTE CONTRARIA Y MUCHO MENOS CON EL ALCANCE ILEGAL E IRREGULAR DE DISPOSICIÓN DE BIENES COMISADOS SIN SIQUIERA PROCEDER AL PAGO DE MULTAS ESTABLECIDAS EN LA PROPIA NORMA
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. Sobre el mandato y la facultad de realizar actos de conciliación
- pero de manera restrictiva a aquel que ponga fin a una controversia legal de forma que en este último caso se requiere un poder especial para poner fin al proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- restrictiva