SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2015-S3
Fecha: 05-May-2015
denegó
El Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de Oruro, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 11/2014 de 9 de octubre, cursante de fs. 29 a 30, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) En la interposición de la presente acción de libertad, se observó la existencia de argumentos confusos y generales; ii) Corresponde al Tribunal de garantías ingresar a analizar la problemática planteada, cuando la fundamentación de la acción de libertad sea clara y precisa sobre la vulneración de su derecho a la libertad; iii) Según el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, este solo expidió el mandamiento en cumplimiento del Auto de Vista emitido por el Tribunal de alzada; y, iv) Tanto el Auto interlocutorio como el Auto de Vista, dictado por las autoridades hoy demandadas, ya fueron cuestionadas por la parte accionante en una anterior acción de libertad, situación evidenciada en la Sentencia 02/2014 de 14 de junio, cuyo contenido refleja que los argumentos expresados son los mismos que en de la presente acción tutelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La prohibición de activación paralela de una acción de libertad con identidad de sujeto, objeto y causa
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 12
- III.3.1.
- Fragmento 14
- III.3.2. La actuación del Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro
- CONFIRMAR