SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2015-S3

Fecha: 05-May-2015

Fragmento 14

                       La parte accionante, por un lado alegó que el Juez referido actuó de forma oficiosa e ilegal, al haber expedido el mandamiento de detención preventiva en el Penal de San Pedro de Oruro, sin que en el Auto de Vista 53/2014, señale el lugar de cumplimiento de la detención preventiva; al respecto, se debe señalar que dicha actuación no puede constituirse en ilegal pues fue dada en virtud de la facultad que tiene el Juez cautelar y por el principio de celeridad, efectuando el cumplimiento correspondiente del Auto de Vista señalado, disponiendo la detención preventiva y como efecto del mismo, necesariamente señaló el lugar de cumplimiento de la misma por parte del ahora accionante.