SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2015-S3
Fecha: 05-May-2015
II.3.
II.3. Dentro de la acción de libertad, interpuesta por Natividad Veliz Morales y Elizabeth Flores Maca, en representación sin mandato del ahora accionante contra los Vocales hoy demandados, el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante SCP 0046/2015-S2 de 3 de febrero, confirmó con otros fundamentos, la Resolución 02/2014 de 14 de junio, pronunciada por el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro; y en consecuencia, denegó la tutela solicitada. Asimismo se llamó severamente la atención al Juez de garantías, por desconocer los procedimientos legales de su propia materia, además de no haber remitido a este Tribunal la prueba ofrecida por el accionante (www.tcpbolivia.bo).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La prohibición de activación paralela de una acción de libertad con identidad de sujeto, objeto y causa
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 12
- III.3.1.
- Fragmento 14
- III.3.2. La actuación del Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro
- CONFIRMAR