Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2015-S3
Fecha: 05-May-2015
II.1.
II.1. Por Auto de Vista 53/2014 de 23 de abril, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro -hoy demandados-, declararon procedente el recurso de apelación formulado por Prudencia Mamani Quena contra el Auto interlocutorio 154/2014 de 18 de febrero, deliberando en el fondo, revocar el mencionado Auto, disponiendo que, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del mismo departamento, libre el mandamiento de detención preventiva contra el imputado Rubén Cuiza Quino -hoy accionante-. Resolución ante la cual Natividad Veloz Morales, solicitó complementación y enmienda, misma que fue desestimada (fs. 13 a 19).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La prohibición de activación paralela de una acción de libertad con identidad de sujeto, objeto y causa
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 12
- III.3.1.
- Fragmento 14
- III.3.2. La actuación del Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro
- CONFIRMAR