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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2015-S2

    Fecha: 07-May-2015

    Fragmento 11

                 En atención con los argumentos utilizados en el acápite que antecede, resulta oportuno en el caso que se analiza, efectuar un análisis conciso de los derechos a la debida fundamentación y motivación de una resolución, a la defensa y a la seguridad jurídica, reclamados por la parte accionante y que, como se tiene establecido, componen el debido proceso.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Fragmento 11
    • III.2.1. Sobre la fundamentación y motivación como elemento configurador del debido proceso
    • a la defensa
    • “La primera es el derecho que tienen las personas, cuando se encuentran sometidas a un proceso con formalidades específicas, a tener una persona idónea que pueda patrocinarle y defenderle oportunamente, mientras que la segunda es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones…”
    • III.2.3.   Sobre el principio a la seguridad jurídica
    • III.3.    Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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