Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2015-S2
Fecha: 07-May-2015
II.1.
II.1. Cursa el cuaderno de investigación, Caso FIS-ANTI 013269, del Ministerio Público a denuncia de Clovis Fernando Espinoza Borda, contra José Alberto Ortiz Tomasi, Maria del Rosario Gutiérrez Wells y otros, por la presunta comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito y otros, a cargo del Fiscal de Materia Cándido Blanco Choque, radicado en el Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal, de 20 de mayo de 2013 (fs. 1 a 341 de los anexos 1 y 2).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- III.2.1. Sobre la fundamentación y motivación como elemento configurador del debido proceso
- a la defensa
- “La primera es el derecho que tienen las personas, cuando se encuentran sometidas a un proceso con formalidades específicas, a tener una persona idónea que pueda patrocinarle y defenderle oportunamente, mientras que la segunda es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones…”
- III.2.3. Sobre el principio a la seguridad jurídica
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR