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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2015-S1

    Fecha: 15-May-2015

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • CONCEDIÓ en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
    • III.3.  La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
    • III.4.   Sobre el debido proceso y la fundamentación de las resoluciones
    • pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados
    • por cuanto expuestas las pretensiones de las partes traducidas en los puntos en los que centra una acción o recurso, la autoridad competente para resolver el mismo está impelida de contestar y absolver cada una de las alegaciones
    • la congruencia abarca dos ámbitos
    • 1) El acceso propiamente dicho a la jurisdicción, es decir, la posibilidad de llegar a la pluralidad de jurisdicciones reconocidas por la Constitución, sin que existan obstáculos, elementos de exclusión, limitación, que dificulten el ejercicio de dicho derecho tanto por el Estado como por los particulares;
    • Fragmento 21
    • III.7.  Análisis del caso concreto
    • sobre la interpretación o aplicación de las estipulaciones de la Escritura Social
    • Fragmento 24
    • 1°  CONCEDER

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