SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0552/2015-S3

Fecha: 26-May-2015

1)

Rodolfo Rafael Calle, Juez Mixto de Instrucción en lo Penal y cautelar de Caracollo del departamento de Oruro, mediante informe escrito cursante a fs. 15 y vta., señaló lo siguiente: 1) Por Resolución de 11 de noviembre de 2014, se dispuso la detención preventiva de los accionantes; 2) Si bien es cierto que el recurso de apelación no fue remitido, empero, señaló que para activar alguna apelación es menester que la parte recurrente provea los recaudos necesarios para la facción del testimonio correspondiente; 3) De acuerdo al informe de la Actuaria del Juzgado a su cargo, hasta la fecha no se cuenta con el material necesario para elaborar dicho testimonio, por lo que no existe vulneración y/o dilación injustificada, debiendo declarar sin lugar e improcedente la acción; 4) Se encuentra en suplencia de la Jueza Mixta de Instrucción y cautelar de la provincia Tomas Barrón con asiento en Eucaliptus, donde estuvo durante todo el día del 17 del citado mes y año, y que además, su Juzgado cuenta con mucha carga procesal y no tiene el personal de apoyo o supernumerarios que colaboren; y, 5) No son seis días de retraso del envío de la apelación sino cuatro, y la abogada de la parte accionante, el 12 de igual mes y año estuvo en su despacho, siendo de su conocimiento que durante todo ese día no tuvieron luz.