SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2015-S2
Fecha: 26-May-2015
acción de amparo constitucional
Antes de ingresar a analizar la problemática planteada en la presente acción de amparo constitucional, es necesario referirnos a los criterios que fueron ratificados en la SCP 0091/2014-S1 de 24 de noviembre, sobre la base de la SCP 2542/2012 de 21 de diciembre, en relación a la legitimación pasiva, como presupuesto procesal necesario dentro de la jurisprudencia constitucional, en ese sentido, señaló que: “Para que se produzca una relación jurídica procesal válida en cualquier proceso y más aún, dentro de un amparo constitucional, no basta la interposición del recurso, deben estar presentes en él, los denominados presupuestos procesales, unos de orden formal y otros de fondo: Los presupuestos procesales de forma son: a) La forma propiamente dicha de la demanda; b) La capacidad procesal de las partes; y, c) La competencia del juez; y los presupuestos procesales de fondo o materiales, son: 1) La existencia del derecho que tutela la pretensión procesal; y, 2) La legitimidad para obrar. Los presupuestos procesales de forma al igual que los considerados de fondo, son ineludibles al momento de la interposición de cualquier acción legal, para que se genere una relación jurídica procesal válida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- acción de amparo constitucional
- legitimación pasiva
- legitimación pasiva reviste una trascendental importancia, por cuanto a momento de dilucidar si existieron o no vulneraciones a derechos constitucionales, supone establecer respecto de aquellas personas o autoridades un grado de responsabilidad, de manera tal, que únicamente será posible determinar la existe o no de un acto lesivo, cuando las mismas sean efectivamente las causante del acto u omisión demandadas.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- legitimación pasiva es un requisito de procedencia de la acción de amparo constitucional, en la que el accionante debe demostrar esa vinculación entre la autoridad o particular demandado y el acto que impugna y, claro está, su derecho supuestamente vulnerado
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo