SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2015-S1
Fecha: 01-Jun-2015
III.2. Marco legal aplicable a menores infractores, según el Código Niño, Niña y Adolescente
Al respecto la SCP 1538/2013 de 10 de septiembre, señala que: “…a partir de la promulgación del Código del Niño, Niña y Adolescente, Bolivia cuenta con una normativa enmarcada en los principios que rigen la doctrina de protección integral, cuya característica principal radica en que los niños y adolescentes sean reconocidos como sujetos sociales, cuya participación y protagonismo en las decisiones de su vida presente y futura, sea garantizada por el Estado y la sociedad, cuerpo legal que reconoce sus derechos”.
Así la SCP 0208/2014 de 5 de febrero, haciendo un desarrollo del marco legal aplicable a las niñas, niños y adolescentes infractores expresó que: “El art. 3 del Código Niño, Niña y Adolescente (CNNA), señala que sus disposiciones son de orden público y de aplicación preferente. A su vez, según el art. 221 del mismo Código, 'Se considera infracción a la conducta tipificada como delito en la Ley penal, en la que incurre como autor o partícipe un adolescente, y de la cual emerge una responsabilidad social'; asimismo, indica que la autoridad competente para conocer los casos donde estén involucrados menores de edad, es el Juez de la Niñez y Adolescencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Nuestra Constitución Política del Estado, protege de manera integral y progresiva a los niños y adolescentes, bajo el entendido que, de acuerdo a su crecimiento y desarrollo de su personalidad, asumen progresivamente derechos y obligaciones
- «Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado»
- III.2. Marco legal aplicable a menores infractores, según el Código Niño, Niña y Adolescente
- la responsabilidad social se aplicará a los adolescentes comprendidos desde los doce años hasta los dieciséis años, al momento de la comisión de un hecho tipificado como delito en el Código Penal
- i)
- III.4. Otras consideraciones sobre la actuación del Juez de garantías
- CONFIRMAR