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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2015-S3

    Fecha: 17-Jun-2015

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución 68 de 18 de noviembre de 2014, cursante de fs. 390 a 392, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Eloina Durán Chávez y Frank Rodolfo Landívar Velasco contra Alain Nuñez Rojas y Editha Pedraza Becerra, Vocales de la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
    • es una obligación para toda autoridad judicial y/o administrativa, a tiempo de resolver todos los asuntos sometidos a su conocimiento, exponer las razones suficientes de la decisión adoptada acorde a los antecedentes del caso en relación a las pretensiones expuestas por el ajusticiado o administrado, en razón a que el omitir las explicaciones por las cuales se arribó a una determinada Resolución, implica suprimir una parte estructural de la misma
    • i)
    • ii)
    • CONFIRMAR

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