SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2015-S3

Fecha: 17-Jun-2015

II.4.

II.4.  Juan Carlos Marowsky Olmos, interpuso apelación contra la Resolución 272/2013, presentado el sábado 4 de enero de 2014 a horas 10:00, en el domicilio particular de la Secretaria del Juzgado Segundo de Partido de Familia al no conocer el domicilio real del Secretario del Juzgado, en cumplimiento del art. 97 del CPC; y, posteriormente, el 8 de igual mes y año a horas 18:00, fue recibida la citada apelación, por la Secretaria del Juzgado Decimotercero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz (fs. 298 a 305); asimismo, mediante memorial de 21 de enero de 2014, los ahora accionantes absolvieron el traslado al recurso planteado refiriendo que el mismo se encontraría fuera de plazo (fs. 308 a 309), así los referidos plantearon recurso de reposición contra la resolución que concede la apelación planteada por el tercer interesado el cual fue respondido mediante al Auto 26/14 de 13 de marzo del citado año, alegando que dicha apelación fue planteada dentro de plazo (fs. 315).