SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0620/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0620/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

II.4.

II.4.  Por Sentencia 37 de 18 de octubre de 2013, en primera instancia el Juez Segundo de Instrucción en lo Civil y “Comercial” del departamento de Chuquisaca, dispuso declarar improbada la demanda de interdicto de recobrar la posesión, con costas para los demandantes; quienes fundamentaron las apelaciones planteadas, las mismas fueron concedidas en el efecto diferido, respecto de los recursos de reposición contra el decreto de 17 y el Auto 557 de 25 ambos de julio del citado año, por memorial de 25 de octubre de igual año; radicándose la apelación ante el Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, que por Auto de Vista 41/2013 de 20 de noviembre, resolvió anular la Sentencia impugnada, disponiendo se dicte una nueva, bajo el argumento de falta de fundamento al valor que se le otorga a la constatación de la existencia de enseres y documentos de los accionantes en los ambientes supuestamente desposeídos (fs. 190 a 194; 197 a 201; 214 y vta.).