SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
II.1.
II.1. En ejecución de fallos del proceso coactivo seguido por Luis Eduardo Ferreyra Bellot contra Luis Oni Torrez Gómez Ortega e Ivette Sanjinés de Torrez, el Juez Decimosegundo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba por Auto de 21 de octubre de 2011, adjudicó a favor de Luis Eduardo Ferreyra Bellot el bien inmueble ubicado en la “…Av. Koani y Calle 6, manzana 'F' - actual 494, zona N° 1, Urbanización Municipal del Río de Koani, zona Calacoto, ciudad La Paz, departamento La Paz, de una extensión superficial de 280 m2” (sic), registrado bajo matrícula 2.01.0.99.0004846 y por providencia de 14 de junio de 2012, ordenó a los demandados del referido proceso la entrega del inmueble citado, bajo conminatoria de expedirse mandamiento de desapoderamiento (fs. 141 vta. y 322 vta. del Anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- determinen el mismo derecho propietario sobre un mismo inmueble
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR