SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2015-S3

Fecha: 25-Jun-2015

II.2.

II.2.  Oscar Rojas Rocabado -ahora accionante- por memorial presentado el 6 de septiembre de 2012, planteó oposición al mandamiento de desapoderamiento y solicitó se deje sin efecto cualquier desapoderamiento, expresando: 1) Es legítimo propietario del “LOTE 8 del MANZANO F DE LA ZONA DE KOANI” (sic) registrado actualmente bajo la matrícula 2.01.0.99.0004901, del cual se encuentra en pacífica posesión por más de diecisiete años, habiendo su derecho adquirido publicidad conforme al art. 1538 del CC; y, 2) La citación y notificación con la orden instruida de 9 de agosto de 2012, por la cual se le hace conocer la desocupación del inmueble vulnera los arts. 120 y 121 del Código de Procedimiento Civil (CPC), por no haberse citado a los poseedores de forma personal, sumado al hecho de no existir una dirección exacta en el cedulón de la orden instruida, por lo que corresponde disponerse el saneamiento procesal (fs. 333 a 337 vta. del Anexo).