SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2015-S1

Fecha: 22-Jun-2015

Fragmento 3

Tiana Pinheiro Lauria, Directora de Recursos Humanos del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, en audiencia señalada, indicó que: 1) El accionante no fue funcionario regular, por informes de transparencia y memorándums, se estableció que él marcaba el biométrico y abandonaba la institución, no cumpliendo su trabajo como debía; 2) Nelson Monje Idagua “trabaja el 18 por la mañana hace el abandono del día viernes” (sic); 3) Por ser fisiculturista se inyectaba medicamentos, presentó una baja médica que no indicó el tiempo de impedimento; 4) El accionante se presentó a trabajar el 13 de octubre de 2014, el art. 31 inc. j) del reglamento, señala los motivos de retiro; 5) Existió circulares donde se ordenaba a que todos los funcionarios debían estar asegurados a la “caja de salud”; sin embargo, el ahora accionante no cumplió con dicha orden; y, 6) En audiencia realizada en el Ministerio de Trabajo se determinó que no procedía esta denuncia, porque el accionante cumplió su contrato de trabajo el 18 de septiembre de 2014.