SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2015-S3
Fecha: 15-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante refiere que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al debido proceso, a la libertad y a la propiedad privada, por cuanto el Juez Séptimo de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de Santa Cruz, no resolvió oportunamente su petición de extinción de la pena, pese a haber transcurrido más de ocho años desde que concluyó el periodo de prueba al que fue sometido, permitiendo con esa actuación que el Juez Primero de Ejecución Penal de dicho departamento, mantenga vigente la pena en su contra, y pretenda ejecutar el mandamiento de condena; además, se encuentra actualmente detenido por un año y once meses, atribuyendo tal detención a los antecedentes del fenecido proceso penal, en base a los cuales de forma indebida, un tercero ajeno a la causa, le inició otro juicio penal; actuaciones que le causan perjuicios y daños irreparables.
- acción de libertad
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- Prescripción de la Pena,
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad"
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR