Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0670/2015-S2
Fecha: 10-Jun-2015
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada, disponiendo: a) La inmediata reincorporación a su fuente de trabajo en el Banco FIE S.A., en el mismo puesto que ocupaba al momento de su despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales hasta su reincorporación efectiva; b) Se deje sin efecto el citado proceso administrativo interno seguido en su contra por ser vulneratorio al debido proceso y demás derechos expuestos; y, c) Que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), anule el Código de baja 106 realizada en su contra en el Sistema de Registro, como emergencia del ilegal proceso administrativo interno que le siguió dicha institución financiera.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II
- III.1. Presupuestos para la protección a la estabilidad laboral, en el marco del D.S. 0495.
- 3)En aquellos casos en que la trabajadora o trabajador, fuera sometido a un proceso interno dentro el cual se determine su despido por una de las causales establecidas en el art. 16 de la LGT y art. 9 del DR, en su caso por vulneración a su Reglamento Interno, el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral”
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR