SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2015-S2
Fecha: 30-Jun-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a tiempo de ratificarse en los términos expresados en su demanda, en audiencia a través de sus representantes manifestó que: La Gerencia Nacional de Fiscalización en su tarea de controlar y verificar la correcta importación de mercancía de la empresa “COMEXA SRL” tropezó con limitaciones a raíz de la falta de colaboración por parte del operador (Eynar Ivan Viscarra Anavi), consignados en el informe preliminar AN-GNFGC-DFOFC 082/2011, emitiendo tres actas de infracción, que concluyen con el informe de dicha Gerencia de Fiscalización, dándose así el inicio del proceso por contrabando - contravenciones y el inicio del proceso penal por la presunta comisión de los delitos de falsificación de documentos. El requerimiento fiscal de sobreseimiento hace ver que la ANB no hubiera aportado prueba que sustente su denuncia, cuando en el cuadernillo de investigaciones la misma presentó el 6 de diciembre de 2011, un legajo documentado de 266 fojas, aspectos mencionados en la impugnación efectuada por ésta. Las resoluciones cuestionadas, no contienen una debida fundamentación, que demuestren que el Ministerio Público hubiera cumplido sus funciones investigativas de manera activa, a través de la recolección de pruebas, promoviendo las actividades policiales necesarias, en su condición de director de las investigaciones, pues aquella falencia genera incertidumbre sobre los motivos de estas decisiones, apartándose de lo establecido al respecto por el Tribunal Constitucional, máxime si con ello se estaría causando un detrimento al Estado de Bs.821 541.-.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.Sobre los alcances del debido proceso
- como elementos del debido proceso como la motivación de las resoluciones, la defensa, la pertinencia, la congruencia, de recurrir, entre otras,
- III.2. El rol del Ministerio Público en la investigación de los delitos
- c) Promover la necesaria coherencia y seguimiento de las actividades policiales en relación a la investigación
- III.3.1. Sobre el derecho a la defensa
- tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones
- III.3.2. Derecho a la igualdad
- que todas las personas sujetas a la aplicación de una misma norma o que se encuentren en una igual situación jurídica, deben someterse a un idéntico tratamiento
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR