SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2015-S1
Fecha: 17-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos a la propiedad, al debido proceso en sus elementos de motivación y fundamentación de las resoluciones, a la tutela judicial efectiva y de acceso a la justicia; por cuanto siendo el “único y legítimo propietario del Lote de Terreno, denominado ‘La Esperanza”’ (sic), debidamente registrados en DD.RR., Ronald López Vaca, ilegalmente se asentó en dichos lotes numerados como 1, 3 y 5 del Manzano 5C, razón por la cual interpuso el proceso de interdicto de retener y recobrar la posesión el 8 de febrero de 2011; el Juez de Instrucción en lo Penal y Mixto de Minero del departamento de Santa Cruz, en sentencia declaró probada la demanda de interdicto de recobrar la posesión y vía complementación improbada la de retener la posesión, resolución que fue a través del recurso de apelación ante la autoridad demandada, quién mediante Auto de Vista 07/2013, revocó la Sentencia de 18 de febrero de 2013, sin valorar ni pronunciarse sobre lo apelado y lo resuelto por el inferior, determinación que carece de fundamentación y motivación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- motivación
- fundamentación
- En función a las consideraciones antes señaladas, la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso”
- III.4. Análisis del caso concreto
- acción negatoria
- i)
- concedido
- REVOCAR