AUTO CONSTITUCIONAL 0181/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0181/2015-RCA

Fecha: 03-Jul-2015

II.3.

El Tribunal de garantías, por Resolución 29/2015 de 5 de mayo, declaró por no presentada la acción de amparo constitucional, interpuesta por Rolando Villena Villegas, Defensor del Pueblo, en representación de Rosa Vargas de Jiménez, Hilda Cardozo Mamani y Paulina Villca Ramos, considerando que las accionantes a través del Defensor del Pueblo no subsanaron la observación relativa a la falta de legitimación pasiva de la autoridad demanda; toda vez que, en su memorial de subsanación, este extremo, al no haber demandado también a la autoridad que emitió el acto considerado como vulneratorio, incumpliendo con el requisito previsto en el art. 33.2 del CPCo, circunstancia; por la cual, declararon por no presentada la acción tutelar.