SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015

Fecha: 28-Jul-2015

I.1.2. Alegaciones de la Jueza Mixta de Instrucción de San Lorenzo

Por providencia de 22 de mayo de 2013, la referida Jueza, determinó que al ser la garantía de la obligación una propiedad rural, ubicada en la comunidad Coimata, cantón Erquis, provincia Méndez del departamento de Tarija, de conformidad al art. 10 del Código de Procedimiento Civil (CPC), en relación a los arts. 30 de la LSNRA y 152 de la LOJ, es incompetente para conocer el proceso ejecutivo, planteado por Dina Bertha Castro Claure, decisión reiterada el 21 de octubre del mismo año, por haberse presentado una nueva demanda, con la acotación de que conforme al certificado 178/2013 D.O.T.D.U. de 18 de ese mes y año, evacuado por el Gobierno Autónomo Municipal de San Lorenzo, se tiene por confirmada la ubicación de la propiedad dada en garantía, determinando la Jueza referida que la demandante acuda ante la autoridad agroambiental.