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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2015

    Fecha: 28-Jul-2015

    II.3.

    II.3.    El 5 de septiembre de 2013, Dina Bertha Castro Claure, planteó una nueva demanda ejecutiva ante la Jueza Mixta de Instrucción de San Lorenzo, aclarando que solo busca la devolución del capital entregado y que la garantía del crédito, fue dejada sin efecto por no cubrir la obligación (fs. 8 a 9).

    • I.1.1. Alegaciones del Juez Agroambiental de la provincia Méndez
    • I.1.2. Alegaciones de la Jueza Mixta de Instrucción de San Lorenzo
    • I.2. Admisión
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.
    • III.1.  La naturaleza jurídica de los procesos ejecutivos
    • (Procedencia)
    • presupuestos para activar la vía ejecutiva, la existencia de una obligación con plazo vencido, que tenga una suma liquida y exigible, así como la personería de las partes, siendo la garantía de dicha obligación, la generalidad de los bienes muebles o inmuebles, presentes y futuros, que puedan pertenecer al deudor
    • con excepción del Capítulo IV del Título II, Sección II y III del Capítulo II, y Capitulo III del Título III,
    • Se establece un proceso de transición máximo de dos (2) años para que los distintos códigos que rigen la administración de justicia sean modificados para adecuarse a esta Ley
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • 3º

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