Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2015-S3
Fecha: 03-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La representante del accionante, acusó que los Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, con la emisión del Auto de Vista 174/2014, que confirmó el Auto de 22 de julio de 2014, vulneraron los derechos constitucionales de su representado al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la defensa y a la propiedad privada, al impedir que éste sea introducido como parte a la demanda ordinaria de cumplimiento de contrato, afectando sus derechos con relación al bien ganancial objeto del litigio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- III.2.
- CONFIRMAR