Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0729/2015-S1
Fecha: 17-Jul-2015
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Ana Adela Quispe Cuba, Elisa Sánchez Mamani y Javier Medardo Serrano Llanos, Magistrados de la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, presentaron su informe escrito el 1 de diciembre de 2014, cursante de fs. 149 a 151, solicitando que se deniegue la tutela, señalando que el Auto Supremo 276 de 4 de julio de 2014, que emitieron no vulneró el derecho al debido proceso como tampoco el principio de congruencia, a cuyo efecto citaron textualmente partes de dicho Auto Supremo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Derecho al debido proceso
- III.3. Presentación urgente de memoriales, de acuerdo al Código de Procedimiento Civil
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR