SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2015-S3

Fecha: 01-Jul-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes refieren que los Vocales ahora demandados, lesionaron sus derechos al debido proceso en sus elementos motivación y fundamentación, a la defensa, a ser oídos por autoridad competente, al juez natural y a la igualdad, puesto que veinte años después de culminado un proceso de usucapión decenal con la suscripción de un acuerdo transaccional debidamente homologado por el Juez de la causa, los herederos del demandado formularon incidentes de nulidad de obrados, mismos que fueron rechazados in limine por la Jueza de la causa, sin embargo en apelación, los Vocales hoy demandados, determinaron anular obrados hasta la admisión de la demanda, actuando de manera ultra petita.