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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0732/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0732/2015-S3

    Fecha: 01-Jul-2015

    II.1.

    II.1.  A través de memorial de 18 de junio de 2014 (sin certeza en la fecha de presentación), Norah Cárdenas Ajhuacho -ahora accionante-, presentó querella contra Mery Victoria Minaya Quispe, Cesar Fausto, Karina Mery y Jimena Cárdenas Minaya, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica, uso de instrumento falsificado y abuso de firma en blanco (fs. 4 a 5 vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • Fragmento 9
    • la tarea que realiza el Ministerio Público, a través de las resoluciones de desestimación tiene por finalidad, evitar el hacinamiento de causas que desde la denuncia o querella no cumplan con requisitos legales pertinentes, que no planteen una relación fáctica clara en su contenido o no se encuentren sustentados por los elementos necesarios para tomar una decisión, impidiendo que el sistema procesal penal se movilice innecesariamente, ya que el proceso penal no prosperará por ausencia de los mismos, sin embargo, para dicho efecto las resoluciones de desestimación deben estar debidamente fundamentadas y motivadas, observando también el derecho de acceso a la justicia, pues ante la duda razonable debe
    • Fragmento 11
    • 1)
    • REVOCAR

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