SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2015-S2

Fecha: 08-Jul-2015

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Por memorial presentado el 22 de agosto de 2014, cursante de fs. 3158 a 3159, ante este Tribunal, Carlos Zubieta Aguilar, Marcela Carrasco Villarpando y Claudia Espinoza Quijarro, en representación legal del BCB, solicitaron admitir su apersonamiento, denunciando asimismo que, de forma “casual”, revisando la página web del Tribunal Constitucional Plurinacional, se enteraron de la acción de amparo constitucional interpuesta por el BNB S.A. contra las Magistradas de la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, a cuya audiencia de consideración y resolución no asistieron al no haberse notificado a la entidad que representan debidamente en el domicilio principal de la institución, lo que provocó que la entidad bancaria estatal, no tenga la posibilidad de exponer los argumentos pertinentes en su defensa, al ser parte demandada dentro del proceso ordinario que motivó la interposición de la acción de defensa, desconociendo el fallo dictado por el Tribunal de garantías, en vulneración del debido proceso consagrado en el art. 115 de la CPE; resultando “curioso” que en la referida página web del Tribunal de constitucionalidad, se consigne en el detalle de las partes convocadas para la audiencia de la garantía constitucional al BCB, en calidad de tercero interesado, sin que en los hechos, reiteran, se haya hecho conocer la diligencia de notificación respectiva.