SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2015-S2

Fecha: 08-Jul-2015

II.8.

II.8.    A través del Auto Supremo 623 de 4 de diciembre de 2013, las Magistradas de la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, anularon obrados del proceso ordinario hasta “fojas 61 vuelta inclusive, sin reposición; es decir hasta la admisión de la demanda, debiendo la parte actora accionar ante la autoridad competente. Sin responsabilidad por ser excusable” (fs. 2948 a 2951 vta.). Fallo notificado al BNB S.A. y al BCB, el 5 de ese mes y año, a través de cédula fijada en el tablero de notificaciones de la Secretaría de Sala del Tribunal aludido (fs. 2952).